¿Cómo reclamar una factura de la luz que no cuadra?

Fabio Esteban
Fabio EstebanGestión y tecnología de Potencia Tu Ahorro (SmartProcess) · Actualizado el 13 de septiembre de 2026 · 8 min de lectura

Primero por escrito a tu compañía de la luz, pidiendo el número de reclamación. Tiene 15 días hábiles para contestarte, según el Real Decreto 88/2026. Si no responde o no te convence, puedes acudir al organismo de consumo de tu comunidad autónoma o a una Junta Arbitral de Consumo.

Llega la factura, la miras dos veces y no te cuadra. El importe se ha disparado sin que hayas hecho nada distinto en casa. O aparece un concepto que no reconoces. O te cobran un mes que ya pagaste.

Mucha gente se queda ahí, entre el enfado y la pereza. Llama una vez, le dicen que está todo correcto y lo deja pasar. Y eso es exactamente lo que no conviene hacer, porque el camino sigue más allá de esa primera llamada, y más allá es donde se gana.

El dato de la semana

La insistencia se paga. Según la nota de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) del 28 de abril de 2026, con datos de 2024, 968.000 clientes reclamaron a su compañía de la luz y otros 387.999 a la del gas. Cuando la reclamación se quedó en la propia compañía, se resolvió a favor del cliente el 38 % de las veces en luz y el 41 % en gas. Pero cuando el cliente dio un paso más y acudió a una Junta Arbitral de Consumo, el porcentaje a su favor subió hasta casi el 80 %. En España hay 33 juntas arbitrales preparadas para esto. En PTA vemos el mismo patrón en la factura del día a día: de cada 10 facturas que revisamos, 8 acaban pagando menos, y llevamos más de 800 facturas estudiadas desde 2025.

Dicho de otro modo: rendirse en la primera respuesta de la compañía es rendirse justo antes de la parte en la que casi siempre gana el cliente.

¿Dónde se reclama una factura de la luz?

Siempre se empieza en tu comercializadora, que es la que te factura y con la que tienes el contrato. Si el problema es del contador, de una lectura o de un corte, la responsable es la distribuidora de tu zona, aunque la reclamación la puedes presentar igual a tu compañía.

Aquí conviene tener clara una diferencia que casi nadie tiene clara, y que explica la mitad de los líos.

La comercializadora es tu compañía: con la que firmaste, la que pone el precio y la que te manda la factura. La distribuidora es la dueña de los cables y del contador de tu zona. No la eliges tú: te toca la que hay donde vives. Es como el casero y la empresa que puso las tuberías: al casero le reclamas el alquiler, pero el agua que no llega es cosa de las tuberías.

Si el problema es…Responde…
El precio, un concepto raro, una penalización, un servicio que no pedisteTu comercializadora
Una lectura mal tomada o una lectura estimada que no se ajustaLa distribuidora (se lo pides a través de tu compañía)
El contador: averías, cambios, consumos imposiblesLa distribuidora
Un corte de luz o la calidad del suministroLa distribuidora

En la práctica, tú siempre empiezas por tu comercializadora. Es tu interlocutor y está obligada a trasladar lo que haga falta. Que se entiendan entre ellas no es tu problema.

Y antes de reclamar, dedica cinco minutos a mirar la factura con calma. A veces lo que parece un error es el periodo facturado, una lectura estimada o una regularización. Lo explicamos con un ejemplo real en cómo leer la factura de la luz paso a paso.

¿Cuánto tarda la compañía en contestar una reclamación?

Quince días hábiles como máximo. Lo fija el Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, publicado en el BOE el 12 de febrero de 2026. Además obliga a que la atención al cliente sea gratuita y a dejar constancia de tu reclamación con un número de referencia.

Esta es la novedad buena de este año, y mucha gente no se ha enterado. El Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, aprobó el nuevo reglamento de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica, y se publicó en el BOE el 12 de febrero de 2026. Su artículo 55 aprieta las tuercas en tres puntos concretos:

  • Atención gratuita y accesible. Reclamar no te puede costar dinero.
  • Constancia de la reclamación. Tienen que registrarla y darte un número. Ese número es tu prueba.
  • Respuesta en 15 días hábiles como máximo. Hábiles quiere decir sin contar sábados, domingos ni festivos.

El nuevo reglamento también deja escrito que puedes llevar tu reclamación a las Juntas Arbitrales de Consumo o a otra entidad de resolución de conflictos acreditada. Es decir: la propia norma te está señalando la salida por si tu compañía no resuelve.

Un consejo práctico de los que valen: reclama siempre por escrito, aunque hayas llamado antes. Por el formulario de su web o por correo electrónico. Una llamada no deja rastro; un escrito con número de reclamación, sí. Y ese rastro es justo lo que te van a pedir en el paso siguiente.

¿No sabes si tu factura tiene un error o es que pagas de más?

Súbela y te decimos qué está bien, qué está mal y qué se puede reclamar. Gratis, sin compromiso y en cristiano.

¿Qué hago si la compañía no contesta o me dice que no?

Subir un escalón. Según la CNMC, en 2024 solo el 38 % de las reclamaciones de luz se resolvieron a favor del cliente en la propia compañía. En las Juntas Arbitrales de Consumo, casi el 80 %. Hay 33 juntas arbitrales repartidas por España.

Este es el momento en que se decide el asunto, y el momento en que la mayoría lo deja. No lo dejes: los números de la CNMC dicen que ahí fuera te va mucho mejor que dentro de la compañía.

Tienes tres puertas, según el caso:

  1. La oficina de consumo (OMIC) de tu ayuntamiento o el organismo de consumo de tu comunidad autónoma. Es la vía general y es gratis. Sirve para los problemas de factura, contrato y cobros.
  2. La Junta Arbitral de Consumo. Es un arbitraje gratuito y su decisión es de obligado cumplimiento. Tiene un pero importante: solo funciona si tu compañía está adherida al sistema arbitral o acepta el arbitraje en tu caso concreto. Merece la pena preguntarlo: es la vía donde casi el 80 % de las reclamaciones acaban a favor del cliente.
  3. El órgano competente en energía de tu comunidad autónoma (normalmente la consejería de Industria o Energía). Es la vía para lo que depende de la distribuidora: contadores, lecturas, cortes y calidad del suministro.

Lleva siempre lo mismo: la factura que discutes, el número de reclamación que te dio la compañía y la respuesta que te dieron, si te la dieron. Con eso se monta el expediente.

Y una aclaración para ahorrarte un viaje: la CNMC supervisa a las compañías, pero no resuelve reclamaciones de particulares una por una. Escribirle directamente para que te devuelvan un recibo no es el camino.

¿Tengo que pagar la factura mientras la reclamo?

Lo prudente es pagar la parte que no discutes y dejar por escrito que el resto está reclamado. El plazo normal para pagar una factura es de 20 días. Dejar de pagar sin más abre la puerta a los avisos previos al corte, y eso complica mucho el asunto.

Es la pregunta que más nos hacen, y la que peor se suele resolver por cuenta propia.

Devolver el recibo entero es tentador, pero te deja en una posición mala: pasas a ser un cliente con impago. A partir de ahí tu compañía sigue el camino habitual de los avisos y, si nadie lo para, el asunto acaba en un requerimiento de corte. Discutir una factura y deber una factura no se ven igual desde el otro lado del mostrador.

Lo que sí funciona:

  • Paga lo que no discutes. Si reclamas 80 € de una factura de 150 €, paga los 70 € que sí reconoces.
  • Deja por escrito que la factura está reclamada, con su número, antes de que venza el plazo de pago.
  • Guarda los justificantes de lo que has pagado. Si al final te dan la razón, la devolución sale de ahí.

Si lo que hay detrás no es un error sino una deuda que no puedes pagar, el enfoque es otro y hay salidas: lo contamos en ¿puedo cambiar de compañía de luz si tengo deuda?.

¿Hasta cuándo pueden cobrarme un error de la compañía?

Un año hacia atrás. Cuando el error es de la compañía o del contador, la refacturación no puede ir más allá de un año, y la diferencia se puede repartir en tantas mensualidades como meses duró el error. Lo recuerdan cada año organizaciones como FACUA y la OCU.

Este apartado vale dinero, así que léelo despacio.

El caso típico: llevas meses pagando facturas estimadas bajísimas, un día alguien mira el contador de verdad y te llega una regularización enorme de golpe. O el contador estaba averiado y ahora te pasan la diferencia de años.

Frente a eso hay dos frenos que conviene conocer:

  1. El límite de un año. La refacturación por un error de medida o un error administrativo de la compañía no puede ir más atrás de un año. Es un criterio asentado, que recuerdan cada año FACUA y la OCU cuando aparecen estos casos.
  2. El prorrateo. Esa diferencia no tienes que pagarla de una vez: se puede repartir en tantas mensualidades como meses duró el error. Si el fallo duró ocho meses, ocho plazos.

Más allá de eso está la prescripción general de las deudas del Código Civil, que desde la reforma de 2015 es de cinco años. Pero para el día a día quédate con lo primero: un error de la compañía no se cobra entero y de golpe. Si te lo intentan cobrar así, ahí tienes la reclamación.

¿Qué tiene que poner el escrito de reclamación?

Poco y claro: tus datos, el CUPS del suministro, el número y la fecha de la factura que discutes, qué es lo que no cuadra y qué pides. Y una frase final pidiendo el número de reclamación. Todo en una hoja. Guarda copia de lo que envías.

No hace falta ningún lenguaje de abogado. Cuanto más corto y más concreto, mejor. Esto es todo lo que tiene que llevar:

  1. Quién eres: nombre, apellidos, DNI, teléfono y dirección del suministro.
  2. El CUPS. Son unas 20 letras y números que identifican tu punto de luz. Está en la primera página de la factura y empieza por ES.
  3. Qué factura reclamas: su número, su fecha y el periodo que cubre.
  4. Qué no cuadra, en dos o tres frases. «Me facturan 412 kWh en un mes en el que estuve fuera» es perfecto. Sin adjetivos.
  5. Qué pides: que rectifiquen la factura, que hagan una lectura real, que te devuelvan un importe. Pídelo claro.
  6. Una frase final: «Solicito el número de registro de esta reclamación».

Adjunta la factura y, si lo tienes, una foto del contador con la fecha. Manda todo por un medio que deje rastro y guarda copia. Si en 15 días hábiles no hay respuesta, ya sabes cuál es el paso siguiente.

Y si al final resulta que la factura estaba bien y lo que pasa es que pagas de más todos los meses, eso también tiene arreglo, pero es otro camino: se llama revisar la tarifa. Te puede interesar entonces factura de la luz disparada este verano: ¿error o normal?.

En PTA hacemos precisamente esto: miramos tu factura entera, te decimos si hay algo que reclamar y qué estás pagando de más. Con una condición que para nosotros no es un detalle: siempre te atiende el mismo asesor. Una persona con nombre, que se acuerda de tu caso y a la que puedes volver a escribir dentro de seis meses. No una centralita distinta cada vez. Puedes ver cómo trabajamos en quiénes somos o resolver dudas en las preguntas frecuentes.

¿Tu factura no cuadra? Que la mire alguien antes de reclamar

Tardas dos minutos en subirla. Te decimos si hay un error que reclamar, si te sobra potencia y qué tarifa te tocaría de verdad. Siempre con la misma persona.

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